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Retención del IVA: porcentajes vigentes por tipo de contribuyente

Actualizado a octubre de 2026 · Base legal: Resolución NAC-DGERCGC20-00000061 y sus reformas (NAC-DGERCGC21-00000026 y NAC-DGERCGC23-00000026)

Respuesta corta: el agente de retención retiene el 30% del IVA en la compra de bienes, el 70% en servicios y el 100% en honorarios profesionales y liquidaciones de compra. Entre contribuyentes especiales, retiene el 10% en bienes y el 20% en servicios. Esta tabla es solo del IVA. La retención del Impuesto a la Renta tiene la suya.

1. Quién retiene

Son agentes de retención del IVA los contribuyentes especiales y los calificados como agentes de retención por el SRI, las emisoras de tarjetas de crédito o débito, las empresas de seguros, las entidades financieras en convenios de recaudación o débito, y quienes emiten liquidaciones de compra o importan servicios. Desde la reforma de 2023 también lo son las entidades del sector público y las universidades y escuelas politécnicas. Desde el 1 de marzo de 2026 hay nuevos agentes calificados por el SRI, cuyo listado está en el portal institucional.

2. Cuando el proveedor no es contribuyente especial

PorcentajeOperación
30%Transferencia de bienes gravados con tarifa diferente de 0%
70%Servicios, derechos, comisiones por intermediación y contratos de consultoría gravados
100%Servicios profesionales de personas naturales con título superior, arriendo de inmuebles de personas naturales no obligadas a llevar contabilidad, liquidaciones de compra y dietas o honorarios de directorios
30%Contratos de construcción, salvo que el constructor sea una institución del Estado o una empresa pública, caso en el que no se retiene

3. Cuando el proveedor es contribuyente especial

Solo aplica si quien paga también es contribuyente especial. Se retiene el 10% en bienes y el 20% en servicios, derechos, comisiones por intermediación y consultoría.

4. Casos especiales

Importación de servicios, incluida la consultoría con no residentes: retención del 100%.

Servicios digitales importados pagados con tarjeta: retención del 100% por parte de la entidad emisora.

Exportadores habituales calificados como agentes de retención o contribuyentes especiales: retienen el 100% en sus compras.

Exportadores de recursos naturales no renovables: 30% en bienes destinados a la exportación y 100% en servicios.

5. A quién no se retiene

Instituciones del Estado, empresas públicas, compañías de aviación, agencias de viaje por pasajes aéreos, ventas de combustible, servicios financieros gravados, voceadores de periódicos y exportadores habituales. Desde 2021 también los agregadores de pago y mercados en línea, cuando el pago lo hace una entidad financiera, una emisora de tarjetas o un agregador.

6. Reglas prácticas

La retención se hace al pagar o acreditar en cuenta el valor del IVA, lo que ocurra primero.

Si una operación incluye bienes y servicios con distintos porcentajes, se retiene cada uno por separado. Si no se pueden diferenciar, se aplica el mayor.

Se emite un comprobante de retención por cada operación.

Ejemplo: base de USD 1.000 con IVA del 15%, es decir USD 150. Con retención del 30%, se retienen USD 45. Con 70%, USD 105. Con 100%, USD 150.

Información de carácter general, vigente a octubre de 2026. Te recomendamos verificar la normativa señalada.

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