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Estados financieros y NIIF para PYMES: puntos clave del cierre 2026

Actualizado a octubre de 2026 · Base legal: Resolución SCVS-INC-DNCDN-2019-0009 y comunicados de la Superintendencia de Compañías

Respuesta corta: las compañías controladas por la Superintendencia de Compañías presentan sus estados financieros cada año hasta el 30 de abril, y deben saber si aplican NIIF completas o NIIF para PYMES.

1. ¿NIIF completas o NIIF para PYMES?

Se consideran PYMES las compañías que cumplen las tres condiciones a la vez:

ConceptoLímite
Activos totalesInferiores a USD 4.000.000
Ventas brutas anualesHasta USD 5.000.000
Personal ocupadoMenos de 200 trabajadores (promedio anual ponderado)

Las PYMES pueden aplicar la NIIF para las PYMES si así lo prefieren.

Las compañías inscritas en el Catastro Público de Mercado de Valores aplican NIIF completas.

Quien actúa como constituyente u originador de un fideicomiso mercantil también aplica NIIF completas, aunque sea PYME.

2. Qué presentar a la Superintendencia

El plazo para el ejercicio 2025 venció el 30 de abril de 2026. Se presenta por el portal institucional y debe incluir estados financieros autorizados, informe de gestión, acta de junta o asamblea, y nómina actualizada de administradores y accionistas. Si no hay acta de junta, puede usarse la Declaración del Representante Legal.

En 2025 el plazo fue también el 30 de abril. Confirma la fecha del próximo cierre cuando la Superintendencia la comunique.

3. Qué incluye un juego completo

Estado de situación financiera, estado de resultados integral, estado de cambios en el patrimonio, estado de flujos de efectivo y notas explicativas.

4. Revisión antes del cierre

Concilia bancos, cuentas por cobrar, cuentas por pagar e inventarios al 31 de diciembre.

Revisa depreciaciones, provisiones y posible deterioro de cartera.

Identifica saldos y transacciones con partes relacionadas.

Prepara la conciliación tributaria para la declaración del Impuesto a la Renta.

5. Novedad: tercera edición de la NIIF para las PYMES

El IASB la publicó el 27 de febrero de 2025 y es efectiva para períodos que inicien desde el 1 de enero de 2027, con aplicación anticipada permitida. Entre otros cambios, añade una sección sobre medición del valor razonable. Su uso en Ecuador depende de que la Superintendencia la adopte.

6. Sanción

Presentar fuera de plazo puede generar multas de hasta 12 salarios básicos unificados, imputables al representante legal.

Información de carácter general, vigente a octubre de 2026. Te recomendamos verificar la normativa señalada.

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